Máster Universitario. Ingeniería Industrial

Año académico 2019-20

Perfil de ingreso y criterios de admisión

De acuerdo con el artículo 16 del Real Decreto 1393/2007, de Ordenación de las Enseñanzas Universitarias Oficiales, modificado posteriormente por el Real Decreto 861/2010, el acceso a las enseñanzas oficiales de máster requerirá estar en posesión de un título universitario oficial español u otro expedido por una institución de educación superior perteneciente a otro Estado integrante del Espacio Europeo de Educación Superior (EEES) que faculte en el país expedidor del título para el acceso a enseñanzas de máster. Así mismo, podrán acceder los titulados de sistemas educativos ajenos a la EEES sin necesidad de homologación de sus títulos, previa comprobación por la Universidad que aquellos acreditan un nivel de formación equivalente a los correspondientes títulos universitarios oficiales españoles, y que facultan en el país expendedor del título para el acceso a enseñanzas de máster.

Siguiendo las directrices de la orden CIN/311/2009 podrá acceder al Máster que habilita para el ejercicio de la profesión de Ingeniero Industrial, quién haya adquirido previamente las competencias que se recogen en el apartado 3 de la Orden Ministerial CIN/351/2009 por la cual se establecen los requisitos para la verificación de los títulos universitarios oficiales que habiliten para el ejercicio de la profesión de Ingeniero Técnico Industrial, y su formación esté de acuerdo con la que se establece en el apartado 5 de esta Orden Ministerial.

Así mismo, se permitirá el acceso al máster cuando el título de grado del interesado acredite haber cursado el módulo de formación básica y el módulo común a la rama, aunque no se cubra un bloque completo del módulo de tecnología específica y sí 48 créditos de los ofrecidos en el conjunto de los bloques del mencionado módulo de un título de grado vinculado con el ejercicio de la profesión de Ingeniero Técnico Industrial, de acuerdo con la mencionada Orden Ministerial CIN/351/2009.

Igualmente, podrá acceder a este Máster quien esté en posesión de cualquier título de grado, sin perjuicio de que en este caso se establezcan los complementos de formación previa que se consideren necesarios.

Todo lo anterior se entiende sin perjuicio de lo que dispone el artículo 17.2 del Real decreto 1393/2007, que hace referencia a la posibilidad de que la Universidad pueda incluir requisitos de formación previa en algunas disciplinas, y de lo que dispone la disposición adicional cuarta del Real decreto, donde se contemplan las particularidades para el acceso de aquellos que estén en posesión de títulos universitarios oficiales obtenidos conforme a planes de estudios anteriores a la entrada en vigor del Real decreto 1393/2007 como, por ejemplo, es el caso de los Ingenieros Técnicos.

Para cada caso específico, la Comisión de Estudios del Máster estudiará cada caso, y velará por la realización de todos aquellos complementos de formación que permitan al estudiante adquirir las competencias que se recogen en el apartado 3 de la Orden Ministerial CIN/351/2009.
 

En el supuesto de que la demanda supere la oferta la selección de alumnado se hará en base al currículum vitae de los aspirantes. Específicamente se tendrá en cuenta:

  • La adecuación del título de acceso al máster (ponderación: 50%).
  • El expediente académico de los aspirantes (ponderación: 20%).
  • La experiencia profesional de los aspirantes en el ámbito de la Ingeniería Industrial (ponderación: 20%).
  • La existencia de cartas de apoyo y de recomendaciones académicas o profesionales para la admisión del aspirante al Máster (ponderación: 10%).

Los alumnos que soliciten la admisión al Máster Universitario junto con su petición tienen que entregar:

  • Un certificado en extracto de las asignaturas cursadas en los estudios de grado (licenciatura, diplomatura o grado, según sea el caso) que indique la calificación obtenida de cada una y el número de convocatorias que han sido necesarias.
  • Un currículum vitae.
  • Las cartas de apoyo y de recomendación académicas o profesionales

Tras el estudio de la documentación aportada, la Comisión de Estudios del Máster procederá a valorar las solicitudes según los requisitos establecidos y a los criterios de admisión indicados, estableciendo la relación de alumnos admitidos.

Titulaciones de acceso recomendadas

Accederán al máster sin complementos de formación:

  • Graduados/as en Ingeniería Electrónica industrial y Automática de la UIB.
  • Graduados/as en Ingeniería en Tecnologías Industriales de cualquier universidad del estado.
  • Titulados/as en Ingeniería Industrial.

Accederán al máster con posibles complementos de formación:

  • Graduados/as en las Ingenierías de la rama industrial (Eléctrica, Electrónica Industrial y Automática, Mecánica, Química) de cualquier universidad del estado, habilitados para el ejercicio de la profesión de Ingeniero Técnico Industrial.

Accederán al máster con complementos de formación:

  • Graduados/as en Ingeniería de la Energía (o grado equivalente) de cualquier universidad del estado.
  • Titulados/as en Ingeniería Técnica Industrial de cualquier universidad del estado, habilitados para el ejercicio de la profesión de Ingeniero Técnico Industrial.

Para el resto de titulados de grado, la Comisión de Estudios del Máster estudiará cada caso específico, y velará por la realización de todos aquellos complementos de formación que permitan al estudiante adquirir las competencias que se recogen en el apartado 3 de la Orden Ministerial CIN/351/2009 (en la que se establecen los requisitos para la verificación de los títulos universitarios oficiales que habiliten para el ejercicio de la profesión de Ingeniero Técnico Industrial), pudiendo denegar el acceso en los casos en los que el número de créditos de complementos de formación fuera igual o superior a 48 créditos.
 

 

Objetivos académicos y profesionales

Los estudiantes que estén en posesión del título de Máster en Ingeniería Industrial pueden solicitar la admisión a los estudios de tercer ciclo que traigan a la obtención del título de doctor en cualquier universidad. En particular, podrán solicitar la admisión en los programas de doctorado de Ingeniería Electrónica o de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones ofrecidos por la Universitat de les Illes Balears.

Este Máster habilita para el ejercicio de la profesión regulada de Ingeniero Industrial (Orden Ministerial CIN/311/2009). Según múltiples informes de organizaciones públicas y privadas, uno de los perfiles universitarios más buscados por las empresas españolas es el de Ingeniero Industrial. Entre las posibles salidas laborales pueden destacarse:

  • Ingeniería de Proyectos
  • Ingenieros en PYMEs
  • Producción y control de bienes de equipo
  • Ingeniería comercial
  • Gestión de Calidad
  • Plantas de producción de energía
  • Aplicaciones de la electrónica industrial y la robótica
  • Ingeniería de grandes instalaciones
  • Oficina técnica
  • Ingeniería y diseño de pabellones industriales
  • Gestión y dirección de proyectos de I+D+i
  • Funcionarios o empleados de cualquier órgano de la administración pública a la UE, nacional, regional y local en las áreas de la ingeniería industrial e innovación
  • Investigadores y académicos a las universidades públicas o privadas.

Estructura de los estudios

El plan de estudios sigue la estructura indicada en la Orden Ministerial CIN/311/2009. Consta de 78 créditos ECTS estructurados en 4 módulos, cuya impartición abarca tres semestres.

  • Créditos totales: 78 ECTS
  • Asignaturas obligatorias: 66 ECTS
  • Trabajo Fin de Máster: 12 ECTS

El plan de estudios y las guías docentes se pueden encontrar en el apartado de "Asignaturas" de esta titulacion.

Este Máster se divide en los módulos siguientes:

  • Módulo de Tecnologías Industriales: 34 ECTS
    • Sistemas Electrónicos de Instrumentación
    • Sistemas de Control Industrial
    • Procesos Químicos
    • Sistemas de Generación, Transporte y Distribución Eléctrica
    • Diseño de Máquinas
    • Sistemas Energéticos
    • Máquinas y Motores Térmicos
    • Tecnologia de Máquinas Hidráulicas
  • Módulo de Gestión: 15 ECTS
    • Organización y Estrategia Empresarial
    • Logística y Gestión de Calidad
    • Gestión de Recursos Humanos
    • Gestión de Proyectos (I+D+I)
    • Control y Evaluación de la Gestión
  • Módulo de Plantas Industriales: 17 ECTS
    • Estructuras
    • Calidad Industrial
    • Construcción y Explotación Industriales
    • Instalaciones Industriales
  • Módulo de TFM: 12 ECTS
    • Trabajo de Fin de Máster 
  Mínimo Máximo
Reconocimiento de créditos cursados en enseñanzas superiores oficiales no universitarias  0  0
Reconocimiento de créditos cursados en títulos propios  0  0
Reconocimiento de créditos cursados por acreditación de experiencia laboral y profesional
 0  6

Siguiendo lo previsto en el RD 1393/2007 (modificado por el Real Decreto 861/2010) entenderemos como reconocimiento la adaptación de los créditos que, habiendo sido obtenidos en unas enseñanzas oficiales, en la misma u otra universidad, son computados en otras distintas a efectos de la obtención del título oficial. Asimismo, la transferencia de créditos implica que, en los documentos oficiales acreditativos de las enseñanzas seguidas por cada estudiante, se incluirán la totalidad de los créditos obtenidos en enseñanzas oficiales cursadas con anterioridad, en la misma u otra universidad, que no hayan conducido a la obtención de un título oficial. Se seguirá en este punto la normativa general vigente.

Además, podrán ser objeto de reconocimiento los créditos obtenidos en enseñanzas universitarias oficiales que acrediten la consecución de competencias y conocimientos asociados a materias del plan de estudios, con la condición de que los reconocimientos sólo pueden aplicarse a las asignaturas o módulos definidos en el plan de estudios, y no a partes de éstos.

A los estudiantes también se les podrán reconocer créditos correspondientes a asignaturas cursadas en programas de movilidad. Será posible el reconocimiento de asignaturas con contenidos no coincidentes con las asignaturas optativas previstas siempre que el convenio que regule la actuación así lo explicite.

En base al artículo 39 del Acuerdo Normativo 9386 de 16 de marzo de 2010 (FOU 328 de 23 de abril) y al artículo 13 de la disposición 9740/2011 (FOU 346 de 18 de marzo de2011), y con el objeto de resolver los procedimientos de reconocimiento y transferencia de créditos, el Consejo de Estudios del Master constituirá una Comisión de Reconocimiento y Transferencia de Créditos.

Examen final

Presentación y defensa pública del Trabajo de Fin de Máster (TFM).

Criterios de evaluación y exámenes

Los criterios de evaluación y exámenes se indican con detalle en las guías docentes de cada una de las "Asignaturas".

Dirección del estudio

Dr. Víctor Martínez Moll
Departamento
Física, UIB.
Teléfono
(34) 971 17 3238