Información relevante para los estudiantes extranjeros
Incremento del 30% a los estudiantes extracomunitarios
Los estudiantes extranjeros de más de 18 años que no tengan la condición de residente (salvo los nacionales de Estados miembros de la Unión Europea y aquellos a los que sea aplicable el régimen comunitario) deben abonar por normativa del Gobierno balear los precios públicos por los servicios académicos correspondientes a las enseñanzas de máster incrementados un 30%.
En caso de que se les haya aplicado este incremento y tengan la condición de residente vigente el día de inicio del año académico o que la resolución que les otorga esta condición sea posterior a esta fecha pero puedan acreditar que lo solicitaron en fecha anterior, pueden pedir su devolución a los servicios administrativos del CEP en el plazo establecido. Pasada esta fecha, no se aceptarán solicitudes de devolución.
NUSS y NIE
Como ya sabéis, los estudiantes que deben realizar prácticas externas deben estar dados de alta y cotizar en la Seguridad Social. Para ello, deben obtener el número de afiliación a la Seguridad Social (NUSS).
Para obtener el NUSS, los estudiantes extranjeros deben disponer de NIE. Por este motivo, la UIB ha facilitado un procedimiento para agilizar la obtención del NIE para estos estudiantes.
Toda la información sobre la obtención del NUSS (y, en su caso, la obtención previa del NIE) está disponible en la página web siguiente.
Anulaciones de matrícula
Toda la información sobre la anulación de matrícula está regulada en los artículos 22, 23 y 24 del Reglamento académico y se encuentra disponible en la ficha del catálogo de procedimientos.
Conviene tener en cuenta que la aceptación de la anulación que solicita el estudiante y los efectos económicos dependen de la fecha en la que se realiza la solicitud y de si se trata de una causa sobrevenida justificada o sin justificación.
La Universidad no se hace responsable de la denegación del visado ni del retraso en su expedición que impidan seguir las actividades académicas de manera adecuada. Por ello, si hay estudiantes extranjeros que se encuentren en esta situación, conviene que tengan en cuenta la información de anulación de matrícula total o parcial por causa sobrevenida.
En caso de anulación total por causa sobrevenida, el alumno tendrá reserva de plaza para el año académico siguiente, salvo que la causa sea la obtención de plaza en otra universidad.
A. Caso de solicitud de anulación sin justificación
- Dentro de los 20 días posteriores al inicio de la actividad académica de cada semestre, los estudiantes pueden solicitarla con una retención. Si el estudiante es de nuevo ingreso, podrá tener una devolución del 25% de la matrícula, que será del 75% en casos de anulación total solicitada antes del 31 de agosto anterior al inicio de la actividad lectiva del curso matriculado.
B. Caso de solicitud de anulación debida a una causa sobrevenida justificada prevista en el artículo 24 del Reglamento académico
- Se devolverá el 100% de los importes de matrícula implicados (excepto los conceptos administrativos de matrícula) si se solicita dentro de los 20 días posteriores al inicio de la actividad académica de cada semestre.
- Para que se pueda devolver parte del importe de la matrícula, la solicitud de anulación debe realizarse antes del 30 de noviembre para asignaturas de primer semestre y hasta el 30 de abril para las de segundo semestre y las anuales.
- No se devolverá ningún importe si la solicitud se realiza a partir del día 1 de diciembre para las asignaturas del primer semestre o del día 1 de mayo para las asignaturas del segundo semestre y las anuales.
Expedición del título y del certificado académico
Los trámites de expedición del título y del certificado académico están disponibles en la sede electrónica y son de respuesta automática. Tanto el certificado académico como el resguardo del título se expiden con código seguro de verificación (CSV).
Se recomienda realizar estos trámites antes de regresar al país de origen y que el título se solicite con el documento identificativo que luego utilizarán para su recogida.
Cualquier cambio posterior a la solicitud de expedición de título implicará solicitar un duplicado de título y pagar la tasa correspondiente.
Por ello, conviene comprobar y, en su caso, modificar los datos personales antes de iniciar el trámite de expedición.
Documentación de acceso y admisión original
Los estudiantes admitidos con documentación escaneada para acreditar el acceso y la admisión formalizan la matrícula con el compromiso de aportar la documentación original.
Hasta que no han aportado esta documentación, no se les puede expedir ningún certificado académico ni el título una vez finalizados los estudios.
Toda la información sobre las vías para aportar la documentación original está disponible en la siguiente página.
Legalización y homologación del título obtenido
Se recomienda realizar todos los trámites necesarios e informarse de la documentación que necesitarán antes de regresar al país de origen.
La solicitud de preparación de documentación para legalizar y homologar se puede presentar de manera presencial o por registro electrónico con la solicitud general del CEP: en ella, deben indicarse los documentos específicos que se necesitan, el idioma en el que se deben expedir y la modalidad de recepción. Para preparar estos documentos se debe abonar la tasa correspondiente.