Preinscripción, acceso y admisión

Información general

¿Qué es la preinscripción?

Es la solicitud que presentan los estudiantes para obtener plaza en los estudios de máster de la UIB. Los candidatos pueden solicitar ser admitidos a un máximo de tres estudios de máster.

Con esta solicitud se determina, en primer lugar, si los estudiantes reúnen los requisitos de acceso necesarios para optar a la admisión a un máster o a un itinerario o a una especialidad de un máster. Después, el órgano competente de la titulación de máster estudia y evalúa las solicitudes de las personas que tienen acceso a los estudios y adjudica las plazas ofrecidas.

La admisión (dependiendo de cada máster) puede estar condicionada a:

  • uno o varios itinerarios/especialidades del máster.
  • la necesidad de requisitos de formación previa específica en algunas disciplinas. Para más información, consulte la página web de cada máster, en el apartado «Criterios de admisión». 
  • la necesidad de pruebas para verificar que el nivel del estudiante es el adecuado.
  • pruebas de admisión para determinar la prelación de los candidatos.
  • la necesidad de complementos formativos.

¿Quién puede participar?

Todas las personas que cumplan alguno de los requisitos de acceso siguientes (o que los puedan acreditar en el período de enmiendas correspondiente):

* Los alumnos de grado que todavía no hayan terminado los estudios, pero que prevén obtener el título antes de que se cierre el plazo para enmendar la preinscripción del máster que solicitan, pueden rellenar la preinscripción para cursar un máster e, incluso, clicar en el botón «Formalizar la solicitud». No obstante, la solicitud quedará condicionada a la finalización de los estudios de grado y al pago de los derechos de expedición del título antes de finalizar el plazo de enmiendas del estudio. Tendrán que adjuntar el título y el certificado académico oficial una vez que la UIB les notifique las enmiendas correspondientes. El plazo para aportar esta documentación se agota cuando finaliza el período que tiene cada máster para enmendar documentación.

¿Qué es la matrícula condicionada?

Tal como establece el RD 822/2021 y el Acuerdo Normativo 14423/2022, los alumnos a los que les quede pendiente superar el TFG y, como máximo, hasta 9 créditos ECTS pueden formalizar una matrícula condicionada para los estudios de máster en los que hayan sido admitidos. Estos alumnos estarán sometidos a las mismas normas que el resto de los estudiantes matriculados en el máster.

No obstante, se priorizarán las solicitudes de estudiantes en disposición de un título de grado o equivalente y solo será posible en aquellos estudios en los que se haya previsto matrícula condicionada para aquella convocatoria. Además, los alumnos que formalicen una matrícula condicionada no podrán obtener el título de máster si previamente no han obtenido el título de grado.

Es necesario consultar si el máster ofrece la posibilidad de matrícula condicionada. Consulte la oferta de plazas 2023-24.

Los alumnos que realicen una matrícula condicionada y soliciten beca MEFP se tienen que asegurar de las condiciones establecidas en las bases de la convocatoria.

¿Los alumnos de grado que no han terminado los estudios pueden presentar la solicitud?

Estudio que no prevé matrícula condicionada

Los alumnos de grado que todavía no han terminado los estudios, pero que prevén obtener el título antes de que se cierre el plazo para enmendar la preinscripción del máster que solicitan, pueden rellenar la preinscripción para cursar un máster e, incluso, clicar sobre el botón «Formalizar la solicitud».

No obstante, la solicitud quedará condicionada a la finalización de los estudios de grado y al pago de los derechos de expedición del título antes de que expire el plazo de enmiendas del estudio. Deberán adjuntar el título y el certificado académico oficial una vez que la UIB les notifique las enmiendas correspondientes.

El plazo para aportar esta documentación se agota cuando finaliza el período que tiene cada máster para enmendar documentación. Se puede consultar en el apartado de «Plazos» de esta página.

Estudio que prevé matrícula condicionada

Los alumnos de grado que todavía no hayan terminado los estudios deben rellenar la preinscripción para cursar un máster y clicar sobre el botón «Formalizar la solicitud». 

Si en el plazo de enmiendas no han terminado los estudios, solo se tendrá en cuenta la solicitud si al alumno le queda por superar el TFG y, como máximo, hasta 9 créditos ECTS. En todo caso, siempre se priorizan las solicitudes de alumnos titulados.

¿Cuántas plazas se ofrecen?

Cada titulación de máster oficial tiene un límite en el número de plazas que puede ofrecer, de acuerdo con su memoria verificada o con la modificada en este punto, siempre que haya sido aprobado por la ANECA. Cada año se propone la oferta de plazas generales para cada máster y se envía a la Comisión Académica, al Consejo de Gobierno de la UIB y a la consejería competente para su aprobación y, si procede, se eleva a la Conferencia General de Política Universitaria.

Oferta de plazas

Oferta de plazas para el año académico 2023-24 y relación de estudios que prevén matrícula condicionada.

Plazas reservadas

Del número total de plazas ofrecidas en la convocatoria general de admisión a máster se reservarán los porcentajes de cupos de plazas, todos redondeados por exceso, que se indican:

  • Un cinco por ciento del total de plazas para personas con un grado de discapacidad reconocido del 33 por ciento o superior, así como para los estudiantes con necesidades de apoyo educativo permanentes asociadas a circunstancias personales de discapacidad que durante los estudios anteriores hayan requerido recursos y apoyos para disfrutar de una inclusión educativa plena.
  • Un tres por ciento del total de plazas para deportistas de alto nivel y alto rendimiento. Este porcentaje se incrementará hasta un cinco por ciento en los estudios de máster relacionados con las ciencias del deporte.

Los candidatos que reúnan los requisitos para solicitar la admisión por más de un cupo de reserva de plazas pueden hacer uso de esta posibilidad.

Si estas plazas reservadas no se han ocupado, se podrán liberar y ofrecerse como plazas generales. Estas plazas liberadas se asignarán por orden estricto de la lista de espera de las plazas generales, y los estudiantes se matricularán en el período establecido por el CEP.

¿Quién puede solicitar la condición de alumno a tiempo parcial? ¿Cuándo la tiene que solicitar?

Es la condición que, según el artículo 7 del Reglamento académico, puede solicitar el estudiante que, por razones diversas, no puede seguir los estudios según lo establecido sobre el mínimo de créditos de matrícula y la normativa de permanencia. De este modo, se reduce el número mínimo de créditos de los que se tiene que matricular el alumno y también el mínimo de créditos que tiene que superar para continuar los mismos estudios.

Un alumno de inicio con la condición de tiempo completo el primer año se tiene que matricular, como mínimo, de 30 créditos. En cambio, con la condición de tiempo parcial, se tiene que matricular, como mínimo, de 15 créditos.

Existen motivos que se deben acreditar cada año para renovar la condición y otros que tienen la condición permanente.

Requisitos

Encontrarse en uno de los siguientes supuestos:

  1. Trabajar con una media de dedicación equivalente, como mínimo, a la mitad de la duración máxima de jornada ordinaria de trabajo.
  2. Estar afectado por una discapacidad física, sensorial o psíquica, en un grado igual o superior al 33 por ciento. El grado de discapacidad se debe acreditar mediante el certificado emitido por el organismo competente para su reconocimiento.
  3. Tener 45 años o más en la fecha de inicio del año académico.
  4. Estar en situación de protección a la familia o tener que prestar cuidado a personas dependientes.
  5. Tener la condición de deportista de alto nivel o de alto rendimiento.
  6. Estar matriculado a tiempo completo durante el año académico en curso del Título Superior de Música, en cualquiera de sus especialidades, impartido por el Conservatorio Superior de Música.
  7. Encontrarse en otras situaciones extraordinarias que el órgano competente valore como determinantes para ser incorporado a la situación de dedicación al estudio a tiempo parcial.

Solicitud

Los estudiantes interesados en cursar el máster como alumno a tiempo parcial que cumplan los requisitos deben presentar la solicitud para ello en el momento de la preinscripción a través de la misma aplicación informática.

Si durante el primer semestre se produce una modificación sobrevenida, el estudiante puede hacer una solicitud para obtener la condición de estudiante a tiempo parcial fuera del plazo establecido. Si la solicitud se hace antes de que empiece el plazo de ampliación de matrícula, podrá reducir el número de créditos matriculados hasta el mínimo que prevén los artículos 5.8 y 5.9 del Reglamento académico. Únicamente puede hacer modificaciones sobre el número de créditos del segundo semestre de los que se haya matriculado y sobre las condiciones académicas de las asignaturas de segundo semestre.

¿Cuál es el orden de prelación?

Para adjudicar las plazas, se ordenarán las solicitudes de admisión a un máster, itinerario/especialidad, modalidad y sede según un orden de prelación. Si hay n plazas, se adjudicará plaza a los n primeros solicitantes, y el resto quedarán en lista de espera en el mismo orden de prelación.

En esta prelación, tendrán prioridad los candidatos que tengan el título de grado frente a los que accedan con el TFG pendiente de superar y, como máximo, hasta 9 créditos ECTS. La selección de estos solicitantes que no tienen el título de grado es hará por priorización según los siguientes criterios:

  1. Criterios específicos relativos al perfil de ingreso de cada máster definidos en su memoria verificada.
  2. Estudiantes que únicamente tengan pendiente la acreditación del nivel de idioma extranjero para obtener el título de grado.
  3. Estudiantes a los que les quede superar únicamente el TFG. En caso de igualdad, se tendrá en cuenta la nota media obtenida en el resto de las asignaturas superadas del grado.
  4. Estudiantes que tengan créditos pendientes al margen del TFG. En este caso, se priorizará la admisión de los estudiantes que tengan menos créditos pendientes. En caso de igualdad, se tendrá en cuenta la nota media de los créditos superados.

Para establecer el orden de prelación de las solicitudes de plazas reservadas, se ordenarán, en cada grupo, de acuerdo con el orden que les corresponda, según el requisito de acceso que cumpla el estudiante.

Si un candidato puede ser admitido por más de un cupo de plazas reservadas, entonces se asignará el cupo siguiendo el orden de prelación siguiente:

  1. Por plaza reservada para las personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento.
  2. Por plaza reservada a deportistas de alto nivel / alto rendimiento.
  3. Por plaza general.

¿Qué son las listas de enmiendas?

El Centro de Estudios de Posgrado revisará las preinscripciones que hayan quedado formalizadas correctamente. Si la preinscripción presenta algún defecto de forma o de contenido, el Centro de Estudios de Posgrado enviará un correo electrónico al alumno para informarlo de que enmiende la preinscripción y le indicará cuánto tiempo tiene para hacerlo.

Además, cuando se haya agotado el plazo de preinscripción al máster, el Centro de Estudios de Posgrado publicará la lista de alumnos con enmiendas pendientes de resolver y el plazo máximo para hacerlo. Las preinscripciones que queden pendientes de enmendar una vez que haya finalizado el plazo no serán evaluadas.

¿Cómo funcionan las listas de admitidos?

Una vez que se ha comprobado el acceso al máster solicitado, el Centro de Estudios de Posgrado remitirá la preinscripción a la comisión académica del máster correspondiente, para que la evalúe y resuelva la admisión.

Los requisitos y criterios de admisión de cada máster están definidos en las memorias de verificación de cada titulación y se pueden consultar en la ficha de cada máster, en la pestaña «Información general», apartado «Criterios de admisión», del descriptor.

El Centro de Estudios de Posgrado publicará la lista provisional de admitidos, la lista definitiva y, si procede, la lista de espera, en los plazos establecidos para cada convocatoria en función de la resolución de la Comisión Académica.

Los estudiantes admitidos tienen un plazo determinado para formalizar la matrícula en Acadèmic. En caso de no hacerlo en el tiempo establecido, pierden el derecho a matricularse o a volver a solicitar plaza en el máster al que habían sido admitidos para el mismo curso académico.

Las listas de admitidos pueden contener alumnos que hayan quedado en lista de espera, que se harán efectivas si, una vez finalizada la matrícula, han quedado plazas vacantes.

Los alumnos en lista de espera que finalmente resulten admitidos serán informados de ello y deberán formalizar la matrícula en los plazos establecidos. En caso de no hacerlo, pierden el derecho a matricularse o a volver a solicitar plaza en el máster al que habían sido admitidos para el mismo curso académico.

Las listas de admitidos pueden contener el listado de alumnos no admitidos, si procede. Aquellos que no sean admitidos podrán formular, en su caso, reclamación ante la dirección del CEP, con el botón correspondiente en la aplicación de preinscripción de la Plataforma de Postgrado. La dirección del CEP solicitará los informes que considere oportunos para resolver.

Normativa que regula el acceso y la admisión a los estudios de máster

¿Qué becas hay disponibles para cursar un máster?

Actualmente el Ministerio de Educación y Formación Profesional convoca anualmente becas de carácter general y de movilidad para estudiantes de enseñanzas universitarias.

Además, otras instituciones o entidades pueden ofrecer becas y ayudas o premios para estudios de posgrado de manera puntual. Esta oferta es dinámica y cambia de año en año, por lo que la UIB mantiene una página web para poder consultar. También pueden consultar la página web de becas, premios y ayudas del Centro d'Estudios de Postgrado.

 

Solicitud de preinscripción

¿Cómo debe hacerse la solicitud de preinscripción?

Informarse de la oferta de másteres vigente

Antes de hacer la preinscripción, los interesados tienen que consultar la oferta de másteres universitarios vigente para conocer la información relacionada con la titulación que desean cursar: estructura y duración en  créditos ECTS, lista de asignaturas y periodicidad, horarios, posibles criterios y requisitos de admisión específicos, precio, modalidad, etc.

Además, en caso de que tengan alguna duda académica, puede dirigirla a la dirección de la titulación mediante el formulario de contacto que aparece cuando clican sobre el nombre del director del máster que aparece en la web del estudio.

Obtención de credenciales

Para poder realizar cualquier trámite, es imprescindible obtener credenciales corporativas. En el siguiente vídeo se muestran las instrucciones para obtenerlas.

Estudiantes con titulaciones extranjeras no homologadas

Los estudiantes con titulaciones extranjeras no homologadas deben solicitar el estudio de equivalencia para poder formalizar la preinscripción.

Solicitud de preinscripción en la Plataforma de Posgrado

Como máximo, se podrán presentar tres solicitudes de preinscripción.

La preinscripción se realiza en línea en la Plataforma de Posgrado siguiendo los siguientes pasos:

  • Acceder a la aplicación con las credenciales de UIBdigital.
  • Entrar en «Nueva solicitud de preinscripción».
  • Clicar en el botón «Preinscripción» que se encuentra junto a la denominación del máster que se desea cursar.
    • Este botón solo es visible y se encuentra activo cuando el plazo de preinscripción está abierto.
  • Acceder a la solicitud.
  • Rellenar los datos personales.
    • Indicar si participa en la reserva de plazas.
    • Comprobar los datos del domicilio familiar y del domicilio durante el curso.
    • Indicar las titulaciones que tiene.
  • Indicar si se desea solicitar la condición de tiempo parcial.
    • Marcar el motivo por el que se solicita.
  • Adjuntar la documentación.
  • Aceptar y formalizar la solicitud.

 

La solicitud no se considera presentada hasta que ha terminado todo el proceso y se ha adjuntado tota la documentación requerida.

 

¿Cuándo se hace la preinscripción?

El CEP abrirá, cada año académico, uno o más períodos de solicitud para las titulaciones de máster universitario de la UIB.

Suele haber un período ordinario y, si quedan plazas vacantes, otro extraordinario.

Plazos para el año académico 2023-24

¿Cuándo se considera presentada la solicitud de preinscripción?

Se considera que la preinscripción se ha presentado correctamente cuando el estudiante clica en el botón «Formalizar la solicitud». Cuando la haya formalizado, el estudiante recibirá un correo electrónico con el resguardo de la solicitud, que, si procede, sirve para acreditar que ha presentado una solicitud para cursar un máster universitario.

Las solicitudes que queden en estado «Iniciada», una vez que haya expirado el plazo de preinscripción, no se podrán valorar y se darán de baja.

Documentación que se debe aportar

Documentación general para el acceso

Se debe aportar una copia escaneada del documento original a través de la aplicación de preinscripción:

  • DNI, NIE, pasaporte u otro documento de identidad en vigor (anverso y reverso).
  • Título español de grado o equivalente para acceder al máster (anverso y reverso), o bien la credencial de homologación o de declaración de equivalencia. Información para obtener la equivalencia.
  • Certificado académico oficial del título español de grado o equivalente, expedido por la universidad correspondiente, en el que debe constar la nota media del expediente con la escala de 0 a 10 (todas las páginas).
    En caso de aportar la credencial de homologación o de declaración de equivalencia, se deben presentar dos documentos:
    • certificado académico oficial del título extranjero,
    • y el documento de equivalencia de la nota media extranjera, que se puede obtener a través del Servicio de Equivalencia de Notas Medias. Consulte las instrucciones en este documento [PDFEscolta el document].
  • Currículum

Documentación específica para la admisión

En el caso de los másteres universitarios que tienen requerimientos de admisión específicos (acreditación de un nivel determinado de idioma, por ejemplo) o que pueden valorar méritos que requieran aportar documentación adicional (una carta de motivación o recomendación, por ejemplo), la aplicación de preinscripción solicitará la documentación necesaria. Para más información, la persona interesada puede consultar la página web de cada máster, en el apartado de «Criterios de admisión».

Documentación para plazas reservadas

Grado de discapacidad

Las personas interesadas en obtener plazas reservadas para personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento deben adjuntar el certificado o reconocimiento del grado de discapacidad:

  • Resolución o certificado del centro base de la consejería competente en materia de servicios sociales del Gobierno de las Illes Balears.
  • Resolución o certificado expedidos por el Instituto de Mayores y Servicios Sociales (IMSERSO)
  • Resolución del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) que reconozca la condición de pensionista por incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez.
  • Resolución del Ministerio de Economía y Hacienda o del Ministerio de Defensa que reconozca una pensión de jubilación o retiro por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad.

Deportistas de alto nivel o alto rendimiento

El Real Decreto 971/2007, en el artículo 2.3, menciona los diferentes niveles de catalogación de los deportistas de alto nivel. Por otro lado, los catalogados en el punto 2.3.d dependen de las comunidades autónomas. Por su parte, la CAIB establece, en el Decreto 91/2015, en este nivel, otros subniveles.

Por todo ello, la UIB publica la siguiente tabla de los grupos de deportistas de alto nivel i la documentación que deben presentar en cada caso:

Grupo

Denominación

Documentación

Dónde solicitarla

A

Deportista de alto nivel por resolución del secretario de Estado presidente del Consejo Superior de Deportes.

Publicación en el BOE o certificado emitido por el Consejo Superior de Deportes

Federación  deportiva española correspondiente

B

Deportistas de alto rendimiento, de acuerdo con el artículo 2.3.a del RD 971/2007, que hayan sido seleccionados por las federaciones deportivas españolas para representar a España en competiciones oficiales internacionales en categoría absoluta, al menos uno de los dos últimos años.

Certificado emitido por el Consejo Superior de Deportes

Federación  deportiva española

C

Deportistas de alto rendimiento, de acuerdo con el artículo 2.3.b del RD 971/2007, que hayan sido seleccionados por las federaciones deportivas españolas para representar a España en competiciones oficiales internacionales en categoría de edad inferior a la absoluta, al menos uno de los dos últimos años.

Certificado emitido por el Consejo Superior de Deportes

Federación  deportiva española

D

Deportistas de alto rendimiento o equivalente, de acuerdo con el artículo 2.3.c del RD 971/2007, y clasificados por la CAIB como deportistas de alto nivel en el grupo A, de acuerdo con el Decreto 91/2015.

Certificado acreditativo emitido por el organismo competente de la comunidad autónoma.

En el caso de deportistas de las Islas Baleares, tienen que figurar en las listas que se publican en el BOIB en los meses de abril y octubre.

 

E

Deportistas de alto rendimiento o equivalente, de acuerdo con el artículo 2.3.c del RD 971/2007, y clasificados por la CAIB como deportistas de alto nivel en el grupo B o C, de acuerdo con el Decreto 91/2015.

Certificado acreditativo emitido por el organismo competente de la comunidad autónoma.

En el caso de deportistas de las Islas Baleares, tienen que figurar en las listas que se publican en el BOIB en los meses de abril y octubre.

 

F

Deportistas de alto rendimiento o equivalente, de acuerdo con el artículo 2.3.c del RD 971/2007, y clasificados por la CAIB como deportistas de alto nivel en el grupo D, de acuerdo con el Decreto 91/2015, o bien deportistas de alto rendimiento, de acuerdo con el RD 971/2007, de otras comunidades autónomas.

Certificado acreditativo emitido por el organismo competente de la comunidad autónoma.

En el caso de deportistas de las Islas Baleares, tienen que figurar en las listas que se publican en el BOIB en los meses de abril y octubre.

 

G

Deportistas de alto rendimiento, de acuerdo con el artículo 2.3.d del RD 971/2007, que siguen programas tutelados por las federaciones deportivas españolas en los centros de alto rendimiento reconocidos por el Consejo Superior de Deportes.

Certificado emitido por el Consejo Superior de Deportes

Federación deportiva española

H

Deportistas de alto rendimiento, de acuerdo con el artículo 2.3.e del RD 971/2007, que siguen programas de tecnificación tutelados por las federaciones españolas, incluidos en el programa nacional de tecnificación deportiva desarrollado por el Consejo Superior de Deportes.

Certificado emitido por el Consejo Superior de Deportes

Federación deportiva española

I

Deportistas de alto rendimiento, de acuerdo con el artículo 2.3.f del RD 971/2007, que siguen programas de tecnificación tutelados por las federaciones españolas.

Certificado emitido por el Consejo Superior de Deportes

Federación deportiva española

J

Deportistas de alto rendimiento, de acuerdo con el artículo 2.3.g del RD 971/2007, que siguen programas tutelados por las comunidades autónomas en los centros de tecnificación reconocidos por el Consejo Superior de Deportes.

Certificado acreditativo emitido por el organismo competente de la comunidad autónoma.

En el caso de los deportistas de las Islas Baleares, el certificado emitido por la Fundación para el Deporte Balear.

Fundación para el Deporte Balear

Documentación para la condición de alumno a tiempo parcial

Es la condición que, según el artículo 7 del Reglamento académico (FOU 465), puede solicitar el estudiante que, por razones diversas, no puede seguir los estudios según lo establecido sobre el mínimo de créditos de matrícula y la normativa de permanencia.

Documentación acreditativa y justificativa de los requisitos que se cumplen:

  • Contrato de trabajo en vigor o un nombramiento administrativo vigente el día que empiecen las actividades lectivas. Además, se deben aportar otros documentos que prueben la actividad actual, como los justificantes de cotización en cualquier régimen de la Seguridad Social o la cabecera de una nómina reciente.
  • El grado de discapacidad se debe acreditar mediante el certificado emitido por el organismo competente para su reconocimiento.
  • Copia del documento de identidad para acreditar que el titular es mayor de 45 años.
  • Documentación para acreditar la situación de protección a la familia o del deber de cuidado de personas dependientes.
  • Cualquier documento que acredite la causa alegada por el alumno para ser considerado alumno a tiempo parcial.

 

Si los estudios previos se han cursado en la UIB, ¿se tiene que adjuntar la documentación?

No, no es necesario adjuntar ni el título de acceso ni ningún certificado académico oficial de las titulaciones de la UIB.

¿Qué formato debe tener la documentación que se cuelgue en la solicitud?

La documentación que se cargue en la aplicación de preinscripción tiene que ser perfectamente legible, preferentemente en formato PDF, o un documento original con la firma electrónica y el código seguro de verificación.

¿Dónde se tiene que colgar la documentación?

Cada documento se tiene que adjuntar en el lugar de la aplicación que le corresponde y debe contener todas las páginas en el orden correcto.

¿Qué validez tienen los documentos escaneados? ¿Cuándo se tienen que presentar los documentos originales?

Los documentos escaneados que se adjuntan a la preinscripción se aceptan de manera provisional para el trámite de solicitud.

  • En este caso, se tendrán que presentar los originales en el período del 1 de noviembre al 31 de marzo del curso en vigor. Hasta que no se presenten los documentos originales, el CEP no podrá expedir ningún certificado académico del máster ni tampoco el título correspondiente.
  • Se tiene que presentar el original y la fotocopia en los servicios administrativos del edificio Antoni Maria Alcover i Sureda (Centro de Estudios de Posgrado). Para ello, es necesario pedir hora.
  • En el caso de que se envíe la documentación por correo postal, se tiene que incluir una copia compulsada de cada documento. Las compulsas que se aceptan son las realizadas por un notario público español colegiado, por vía diplomática o por el organismo emisor del documento, siempre que se acredite el pago de la compulsa.

Los documentos con firma electrónica y código seguro de verificación equivalen a un documento original