Máster Universitario. Primera Infancia: Perspectivas y Lineas de Intervención (MPIN): 2015-16

Información de acceso

De acuerdo con la normativa actual puede solicitar el acceso al Máster cualquier estudiante que:

  • Posea un título universitario oficial español u otro expedido por una institución de educación superior del Espacio Europeo de Educación Superior que faculten al país expedidor del título para el acceso a títulos de máster.
  • Titulados conforme a sistemas educativos ajenos al Espacio Europeo de Educación Superior sin necesidad de la homologación de sus títulos, previa comprobación por la Universidad que aquellos acrediten un nivel de formación equivalente a los correspondientes títulos universitarios oficiales españoles y que faciliten al país expedidor del título para el acceso a titulaciones de postgrado.

Los estudiantes podrán ser admitidos al Máster conforme a los requisitos específicos y criterios de valoración de méritos. Las orientaciones del baremo de admisión son las siguientes:

  • Se consideran en primer lugar los licenciados, diplomados y graduados en estudios relacionados con los ámbitos sociales, educativos y de la salud (pedagogía, educación social, profesores, psicopedagogos, enfermería, psicología, trabajo social).
  • Se valorará la experiencia profesional acreditada en ámbitos profesionales relacionados con el programa formativo.
  • Se valorarán las publicaciones e investigaciones acreditadas.
  • La movilidad durante los estudios previos.
  • Una declaración de objetivos, donde conste la motivación personal del candidato o de la candidata y los objetivos que le han conducido a solicitar plaza en el Máster.

El expediente académico y la experiencia profesional tendrán un peso conjunto no inferior al 70%. El candidato deberá presentar la documentación necesaria, y si es necesario, debidamente acreditada, de acuerdo con lo que establece el órgano de admisión.

En el caso de estudiantes con necesidades especiales o particulares asociadas a la discapacidad, de acuerdo con la disposición adicional veinte cuarta, de la inclusión de las personas con discapacidad en las universidades (Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, de universidades), se contemplarán las medidas de acción positiva que aseguren el acceso de estos estudiantes al Máster, siempre que reúnan las condiciones que marca la normativa vigente.